Me complace presentarles mi comentario sobre la Casación N.° 2179-2017 Arequipa, un análisis que considero esencial para comprender la relevancia de las notificaciones judiciales y el cómputo de plazos en nuestro sistema de justicia.
En esta obra, abordo la importancia crítica de las notificaciones en el proceso judicial. Particularmente, cómo influyen en el inicio del cómputo de plazos para ejercer el derecho de defensa, con énfasis en el derecho a apelar. La implementación de la notificación electrónica por la Ley N.° 30229 marcó un avance significativo, pero también planteó desafíos, especialmente en lo referente a las resoluciones que finalizan el proceso en cualquier instancia.
El caso que examino es un claro ejemplo de la complejidad de estas cuestiones. Se trata de un proceso de ejecución de garantía real, donde la notificación de un auto final por cédula y electrónicamente desencadenó un error en el cálculo del plazo para apelar. Este error, afortunadamente corregido por la Corte Suprema, pone en relieve la importancia del debido proceso y la pluralidad de instancia.
Mi comentario no solo aborda el fallo de la Corte Suprema, sino que también reflexiona sobre sus implicaciones. Destaco la necesidad de un cuidadoso cumplimiento de los procedimientos de notificación para garantizar el debido proceso y los derechos de defensa. El análisis muestra cómo un correcto cálculo del inicio del plazo para impugnar resoluciones es fundamental, y cualquier error en este aspecto puede tener consecuencias graves.
Les invito a leer el artículo completo para una comprensión más profunda de estos temas y su impacto en nuestro sistema judicial. Espero que este análisis les ofrezca una perspectiva enriquecedora y contribuya a su entendimiento sobre la importancia de las prácticas de notificación en el proceso judicial.
Puedes encontrar el artículo en el siguiente enlace:
https://fortabogados.com/pdf/cas2179-2017.pdf